Jubilaciones

Jubilación por art. 145 (Ley 17738)




Condiciones para acceder a la jubilación por art. 145 (ley 17.738).


Cumplir con las condiciones establecidas en los arts. 145 y 146 de la Ley 17738 y Decreto 413/004.


Dónde presentar la solicitud


Inicia la gestión enviando un correo electrónico a mesadeestudio@cjppu.org.uy, así se le indicará la documentación y formularios a completar.