pensionistas

Pensionistas

Encuentre aquí toda la información referente a Pensionistas.

Documentación requerida

Padre/madre incapacitado/a

  • Formulario Solicitud de Pensión - Padre incapacitado (1.3.10.2)
     
  • Declaración Jurada (Anexo 1.3.10) (sólo en caso de hijo/as mayores de 18 años).
     
  • Formulario Opción de Cobro (1.4.7)
     
  • Cédula de identidad vigente de la persona solicitante.
     
  • Partida de defunción.
     
  • Partida de nacimiento de la persona causante.
     
  • Curatela original, en caso de corresponder y cédula de identidad vigente de la persona curadora. De no contar con curatela, deberá presentar en el Servicio Médico de la Caja la documentación médica requerida para la valoración correspondiente (smedico@cjppu.org.uy).
     
  • Documentación que acredite los ingresos de los últimos doce meses (previos a la fecha de fallecimiento) de la persona causante y de la persona beneficiaria (recibos de pasividades en caso de personas jubiladas, historia laboral nominada en caso de trabajo dependiente, certificado contable que acredite ingresos nominales mensuales en caso de otros ingresos, como ejercicio libre/trabajo independiente, alquileres, etc.).
     
  • Constancia de la cuenta bancaria, que incluya nombre de la persona titular o curadora, tipo de cuenta, sucursal o agencia (en caso de corresponder) y número de cuenta. En caso de optar por cobro a través de dinero electrónico (tarjeta MIDINERO de Redpagos o ANDA), no se requerirá constancia.

 

Nota: Los recibos que correspondan a ingresos por Caja de Profesionales no se deben presentar.

Ver condiciones de derecho.

 

Personas beneficiarias y sus requisitos - Pensionistas

Preguntas frecuentes

Encuentrá respuestas rápidas a tus preguntas más comunes. Si no encontrás lo que buscás, enviá tu consulta aquí.

No, se renueva anualmente.

Las personas beneficiarias de pensión servida por esta Caja al amparo de la Ley 20.130  (personas causantes fallecidas a partir del 01/08/2023), deberán presentar una declaración jurada de ingresos anual, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 69 y 70 de la Ley 20.130 y los artículos 34 y 35 del Decreto Reglamentario 229/023, que establecen que las entidades previsionales verificarán los cambios en los ingresos de las personas beneficiarias, al menos una vez al año, en el momento que corresponda.

A tales efectos las personas beneficiarias o representantes legales recibirán avisos con antelación de dos meses previos al vencimiento del plazo, dirigidos al correo electrónico declarado oportunamente.

En caso de incumplimiento en la presentación de la declaración referida, se procederá a la suspensión preventiva del pago de la pensión, hasta tanto se pueda contar con la documentación solicitada y realizar la evaluación correspondiente sobre la continuidad del pago del beneficio.

Para acceder a los servicios en línea (certificados, aportes, fecha de cambio de categoría, simulador de jubilación, etc.), debe remitir completo y firmado el Formulario 1.1.2 Contrato de acceso a la información al mail prestaciones@cjppu.org.uy.

Es responsabilidad del jubilado mantener sus datos de contacto actualizados. Para actualizar teléfono o correo electrónico puede remitir una nota escaneada en formato PDF y firmada a puño y letra a prestaciones@cjppu.org.uy

Para actualizar el domicilio constituido debe remitir completo, firmado y escaneado en formato PDF, el Formulario 1.4.3  junto su cédula escaneada, a la misma dirección de correo.

Últimas novedades