Código de Ética
Aplicable a los funcionarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Profesionales con funciones de Auditoría Interna.
OBJETIVO Y ALCANCE
Artículo 1.- El propósito de este Código es enunciar principios éticos que deben inspirar la conducta y el quehacer de los empleados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios con funciones de Auditoría Interna (en adelante “integrantes de Auditoría Interna”), proveyendo un marco de referencia respecto al comportamiento esperado; y promover una cultura ética en la profesión de auditoría interna.
Artículo 2.- Este código regirá la conducta de todas las personas que prestan servicios en la Auditoría Interna, bajo cualquier modalidad de vinculación, sin perjuicio de todas las demás que surjan del ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 3.- Los integrantes de la Auditoría Interna desarrollarán sus funciones aplicando los principios y reglas de conducta consagrados en el presente Código.
PRINCIPIOS Y REGLAS DE CONDUCTA
Artículo 4.- Compromiso personal.
Los integrantes de Auditoría Interna asumen la responsabilidad de conocer y comprender el contenido de este Código. Asimismo asumen el compromiso de alcanzar las más altas normas éticas en apoyo de la misión (resolución de Directorio N° 842 de 5/8/2009), visión (resolución de Directorio N° 842 de 5/8/2009) y los valores (resolución de Directorio N° 292 de 15/5/2013) de la Caja.
Artículo 5.- Relaciones con otros empleados.
Los integrantes de Auditoría Interna tratarán a sus pares, superiores y subordinados, de forma profesional, con respeto y cortesía, prestando a los mismos la máxima cooperación en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 6.- Integridad y Honestidad
Los integrantes de Auditoría Interna observarán una conducta integra y honesta durante el desempeño de sus funciones. En cualquier circunstancia deben actuar de tal forma que su conducta genere y fortalezca la confianza de todos los miembros de la Institución en su desempeño.
Artículo 7.- Probidad
Los integrantes de Auditoria Interna deben desempeñar sus funciones con dignidad y rectitud, desarrollando su trabajo de forma imparcial, desechando todo provecho o ventaja de cualquier naturaleza, para sí o para terceros, y orientando su gestión al interés de la Institución.
Los integrantes de Auditoría Interna no deben, directa o indirectamente, ni para sí ni para terceros, solicitar o aceptar dinero o cualquier otro provecho o beneficio con la finalidad de cumplir un acto de su empleo o contrario a los deberes del mismo.
Cualquier ofrecimiento de beneficios a cambio de favores o trato especial, será informado inmediatamente al superior.
Artículo 8.- Regalos y Hospitalidad
Los integrantes de Auditoría Interna rechazarán cualquier regalo, servicio, hospitalidad o beneficio que pudiera ser visto como un intento de influir en su opinión, afectar su imparcialidad o poner en duda su integridad o la de la Caja.
Artículo 9.- Conflicto de Interés
Los integrantes de Auditoría Interna deben distinguir y separar radicalmente los intereses personales del interés público. Este primará siempre sobre el particular.
Es responsabilidad de los integrantes de Auditoría Interna evitar situaciones que lleven a un conflicto de interés real, potencial o percibido.Artículo 10.- Confidencialidad
Los integrantes de Auditoría Interna serán prudentes en la utilización y protección de la información obtenida en el cumplimiento de sus funciones. No la usarán de forma inapropiada para beneficio personal o de terceros, y no la divulgarán sin la debida autorización.
Artículo 11.- Uso de información oficial
Los integrantes de Auditoría Interna sólo utilizarán la información oficial a la que tengan acceso para el fiel cumplimiento de sus funciones y cometidos.
Constituye falta grave, permitir a terceros no autorizados el acceso injustificado a información clasificada como reservada o confidencial. Ello es sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran corresponder.
Artículo 12.- Independencia
Los integrantes de Auditoría Interna deben realizar sus tareas con total independencia de criterios y sin influencia de terceras personas o intereses ajenos, lo cual podría afectar las actividades y las conclusiones de auditoría y consultoría. Estos se deben basar solamente en la evidencia de la auditoría y consultoría.
Artículo 13.- Objetividad
Los integrantes de Auditoría Interna deben evaluar, informar y comunicar con veracidad y exactitud, sin dejarse influir indebidamente en sus juicios por sus propios intereses o por otras personas.
No participarán en ninguna actividad o relación que pueda afectar su juicio profesional.
Deben mantener una actuación fundada en la realidad de los hechos y circunstancias relevadas durante el plan de auditoría, que permita mantener sobre bases sólidas las conclusiones y juicios sin deformación alguna.
Artículo 14.- Competencia/Profesionalismo
Los integrantes de Auditoría Interna aplicarán sus conocimientos, experiencia y capacidad al desempeñar los servicios de auditoría y consultoría.Deben asegurarse de mantener la debida pericia, y abstenerse de participar en aquellas actividades para las cuales no reúnan los conocimientos y habilidades necesarios.
Serán responsables de mejorar continuamente sus habilidades y la calidad de sus servicios, e identificar las áreas de oportunidad que pueden ser reforzadas mediante educación profesional continua.
Artículo 15.- Responsabilidad
Los integrantes de Auditoría Interna deben cumplir con las responsabilidades, funciones y competencias requeridas para el puesto desempeñado y la normativa vigente.
Serán responsables de la aplicación de estas normas de conducta y de denunciar inmediatamente los hechos irregulares de que tuvieran conocimiento, que puedan afectar el buen nombre de la Caja o causar algún perjuicio a ésta.
Artículo 16.- Buena fe y lealtad
Los integrantes de Auditoría Interna deben actuar siempre de buena fe y con lealtad en el desempeño de sus funciones.